domingo, 15 de enero de 2017

LA REVISION DE LOS MONTOS EXENTOS DEL ISR DE ASALARIADOS: UNA TAREA PENDIENTE PARA LA REFORMA FISCAL INTEGRAL

Elaborado por:
Eladio Contreras Reyes
Director Ejecutivo

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), recién acaba de publicar los Tramos de Escala Impositiva aplicable a los asalariados en sentido general en la Republica Dominicana, para el año 2017.

Tal como se puede apreciar, en la escala se establece un monto de ingresos anuales que están exentos del pago del Impuesto sobre la Renta. Para el año 2017 son RD$ 416,220.01, equivalente a RD$ 35,685.00 mensuales.

Para poder evaluar el impacto que tiene el actual régimen de pagos de impuestos atendiendo el nivel de ingresos, hemos asumido algunos supuestos.
TRAMOS DE ESCALA IMPOSITIVA A ASALARIADOS 2017
ESCALA ANUAL
RENTAS HASTA RD$ 416,220.01
EXENTA
RENTAS DESDE RD$ 416,220.01 HASTA RD$624,329.00
15% DEL EXCEDENTE DE RD$ 416, 220.01
RENTAS DESDE RD$624,329.00 HASTA RD$ 867,123.00
RD$ 31,216.00 MAS EL 20% DEL EXCEDENTE DE RD$624,329.00
RENTAS DESDE RD$ 867,123.00 EN ADELANTE
RD$ 79,776.00 MAS EL 25% DEL EXCEDENTE DE RD$ 867,123.00

En el caso hipotético de 10 asalariados, donde 4 perciben un sueldo mensual de RD$ 32,000.00; 3 ganan RD$ 70,000.00 mensual y 3 ganan RD$ 120,000.00, se daría la siguiente situación:

a)    Los que ganan RD$ 32,000.00 mensual, como su renta anual individual es de RD$ 384,000.00, quedarían exentos del pago del ISR. La masa salarial de los cuatro, en el año es de RD$ 1,536,000.00

b)    Los que ganan RD$ 70,000.00 mensual, como su renta anual individual es de RD$ 840,000.00, tendrían que pagar un impuesto de RD$ 31,216.00 mas el 20% del excedente de RD$ 624,329.00, por lo que el pago individual de impuestos en el año seria de RD$ 74,350.20, y al ser 3, el pago de impuestos seria de RD$ $223,050.60. La masa salarial de los tres en el año seria de RD$ 2,520,000.00

c)    En el caso de los que ganan RD$ 120,000.00 mensual, su renta anual individual es de RD$ 1,440,000.00, por lo que tendrían que pagar un impuesto fijo anual de RD$ 79,776.00 más el 25% del excedente de RD$ 867,123.00, sumando un total de impuestos de RD$ $222,995.25. El total de impuestos de los 3 que ganan RD$ 120,000.00 seria de RD$ 668,985.75. La masa salarial es de RD$ 4,320,000.00

d)    La masa salarial total de los 10 asalariados es de RD$ 8,376,000.00 con un pago total de impuestos por RD$ 892,036.35. La tasa efectiva de tributación sería de 10.65%, donde los que ganan RD$ 32,000.00 su tasa efectiva sería de 0%; los que ganan RD$ 70,000.00 su tasa efectiva de tributación es de 8.85% y los que ganan RD$ 120,000.00 tendrían una tasa efectiva de tributación de 15.49%.

La existencia de unos niveles de ingresos exentos del pago de Impuesto sobre la Renta, genera una situación que en algún momento la autoridad tributaria tendrá que evaluar y actuar en consecuencia. Veamos:

a)    Los asalariados de RD$ 32,000.00 mensual, representan el 18.3% de la masa salarial total. Y no aportan nada en el pago de los impuestos, es decir, su aporte es 0%.

b)    Los que devengan un salario mensual de RD$ 70,000.00, aportan el 30.1% de la masa salarial y pagan impuestos por el equivalente del 25% del total de impuestos.

c)    Los asalariados de RD$ 120,000.00 mensual, representan el 51.6% de la masa salarial y su pago de impuestos equivale al 75% del total de impuestos pagados.

Como se puede apreciar, la actual estructura de tramos impositivos es altamente progresiva, como teóricamente deben ser los impuestos sobre la renta. Es decir, que paguen más quienes perciban mayores ingresos.

Pero, lo lógico es que todo el mundo pague, en su justa capacidad contributiva.

Lo que creo es que al tramo que en la actualidad está exento, hasta los RD$ 416,220.01 de ingresos en el año, se le pudiera establecer un impuesto único, por muy bajo que sea, pero que algo paguen, para que todos los ciudadanos, independientemente de su nivel de ingresos, también cumplan con las rentas nacionales.

De hacerse, se le estaría dando cumplimiento a la Constitución de la República, que establece que todos los ciudadanos están obligados, en la medida de su capacidad de pago, a contribuir con las rentas nacionales.

La Constitución de la República, en el artículo 75, que versa sobre los deberes fundamentales de los ciudadanos, en el numeral 6, textualmente dice “Tributar, de acuerdo con la ley y en proporción a su capacidad contributiva, para financiar los gastos e inversiones públicas. Es deber fundamental del Estado garantizar          la racionalidad   del   gasto   público    la   promoción   de   una administración pública eficiente;”

También se da el caso de que muchos patronos, bajo el falso argumento de que si le aumentan el sueldo tendrían que pagar el Impuesto sobre la Renta, prefieren hacerle algunas retribuciones complementarias encubiertas al empleado, que están exentas del pago del ISR.

El empleado lo acepta porque solo ve el dinero efectivo presente que recibe, no valorando que sus prestaciones laborales se estimarán también por el sueldo nominal.

Es decir, que todos los sueldos, sin importar el monto, si pagan algo del ISR, también estimularía la transparencia en los ingresos de los empleados y de sus prestaciones sociales y laborales.

Sé que lo que estoy planteando no es populista y que muchos quizás lo cuestionen, al no percibir el interés real que nos mueve. Esa es la democracia. Que todo el mundo se exprese.

Estas son recomendaciones para la reforma fiscal integral que está pendiente.

Estamos?






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